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Orden HAC/242/2025, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2024, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos y se desarrolla la disposición final décima sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.

En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 14 de marzo de 2025 · Último cambio el 14 de marzo de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  4. Artículo 2. Obligación de declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  7. Artículo 4. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.
  8. CAPÍTULO III
  9. Artículo 5. Obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  10. Artículo 6. Procedimiento de modificación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  11. Artículo 7. Procedimiento de confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  12. CAPÍTULO IV
  13. Artículo 8. Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  14. CAPÍTULO V
  15. Artículo 9. Forma de presentación del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio. Habilitación y condiciones para la presentación electrónica.
  16. Artículo 10. Procedimiento para la presentación electrónica del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  17. Artículo 11. Documentación adicional que debe acompañar a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  18. CAPÍTULO VI
  19. Artículo 12. Pago de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio y obtención de la devolución.
  20. Artículo 13. Pago mediante domiciliación bancaria de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  21. CAPÍTULO VII
  22. Artículo 14. Forma y plazo de presentación del formulario de apoderamiento para la solicitud de la devolución por aportaciones a mutualidades en relación con el periodo impositivo 2019 y ejercicios anteriores no prescritos.
  23. Disposición final única. Entrada en vigor.
  24. [firma]
  25. ANEXO I
  26. ANEXO II
  27. ANEXO III
  28. ANEXO IV