Legislación › Orden
Orden HAC/242/2025, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2024, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos y se desarrolla la disposición final décima sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.
En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 14 de marzo de 2025 · Último cambio el 14 de marzo de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 2. Obligación de declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 4. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.
- CAPÍTULO III
- Artículo 5. Obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 6. Procedimiento de modificación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Artículo 7. Procedimiento de confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 8. Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
- CAPÍTULO V
- Artículo 9. Forma de presentación del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio. Habilitación y condiciones para la presentación electrónica.
- Artículo 10. Procedimiento para la presentación electrónica del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
- Artículo 11. Documentación adicional que debe acompañar a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 12. Pago de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio y obtención de la devolución.
- Artículo 13. Pago mediante domiciliación bancaria de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 14. Forma y plazo de presentación del formulario de apoderamiento para la solicitud de la devolución por aportaciones a mutualidades en relación con el periodo impositivo 2019 y ejercicios anteriores no prescritos.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV


