Legislación › Ley 3/2024, de 5 de diciembre, de cultura inclusiva y accesible de Galicia.
Artículo 15. Lengua gallega y accesibilidad.
Artículo 15. Lengua gallega y accesibilidad.
Las administraciones públicas velarán por que el aprendizaje, dinamización y uso de la lengua gallega a lo largo de toda la vida sean plenamente accesibles, reales, efectivos e igualitarios mediante todo tipo de recursos, con especial atención a los digitales, y dentro de la diversidad comunicativa y cultural, incluidas las diversas formas de representación y la comunicación aumentativa y alternativa.


