Legislación › Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
Disposición transitoria octava. Aplicación de las modificaciones realizadas en las disposiciones finales tercera a sexta.
Disposición transitoria octava. Aplicación de las modificaciones realizadas en las disposiciones finales tercera a sexta.
Las modificaciones introducidas por las disposiciones finales tercera, cuarta, quinta y sexta serán de aplicación obligatoria a los seis meses de la entrada en vigor del presente real decreto.
← Disposición transitoria séptima Índice Disposición derogatoria única →


