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Legislación › Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Illes Balears.

Disposición adicional quinta. Registro de entidades privadas de certificación urbanística y determinación de precios mínimos y máximos que tienen que percibir.

Disposición adicional quinta. Registro de entidades privadas de certificación urbanística y determinación de precios mínimos y máximos que tienen que percibir.

En el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de esta ley, los consejos insulares tendrán en funcionamiento el Registro de entidades privadas de certificación urbanística a que hace referencia el artículo 158 nonies de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.

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