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Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 12 de abril de 2025 · Último cambio el 12 de abril de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y finalidad.
  4. Artículo 2. Estructura del registro.
  5. Artículo 3. Sujetos inscribibles.
  6. Artículo 4. Difusión.
  7. Artículo 5. Coordinación y seguimiento con las comunidades autónomas e interoperabilidad con los registros de huella autonómicos y otros repositorios de información.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Actos sujetos a inscripción de la Sección a) «Sección de huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero».
  10. Artículo 7. Actos sujetos a inscripción de la Sección b) «Sección de proyectos de absorción de dióxido de carbono».
  11. Artículo 8. Actos sujetos a inscripción de la Sección c) «Sección de compensación de huella de carbono».
  12. CAPÍTULO III
  13. Artículo 9. Inscripción, actualización y baja en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
  14. Artículo 10. Consideración de la Huella de Carbono en la contratación pública.
  15. CAPÍTULO IV
  16. Artículo 11. Obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración de un plan de reducción y de su publicación.
  17. Artículo 12. Inscripción en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono de las huellas de carbono y planes de reducción de las organizaciones obligadas por el artículo 11.
  18. Disposición adicional primera. Gestión del registro.
  19. Disposición adicional segunda. Coordinación con el Registro de la Propiedad.
  20. Disposición adicional tercera. Exclusión del ámbito del real decreto de los equipos, sistemas de armas, instalaciones y actividades de las Fuerzas Armadas.
  21. Disposición adicional cuarta. Inscripciones realizadas en el registro.
  22. Disposición transitoria única. Aplicación de la definición de pequeña y mediana empresa (pyme).
  23. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  24. Disposición final primera. Adecuación de las herramientas y de los documentos de apoyo.
  25. Disposición final segunda. Determinación del plazo de inscripción y de los requisitos técnicos de los proyectos de absorción de dióxido de carbono.
  26. Disposición final tercera. Títulos competenciales.
  27. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  28. [firma]