Legislación › Circular 2/2025, de 9 de abril, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones de acceso y asignación de capacidad en el sistema de gas natural.
Disposición transitoria primera. Servicios agregados ya asignados.
Disposición transitoria primera. Servicios agregados ya asignados.
Los servicios agregados asignados con carácter previo a la entrada en vigor de esta circular podrán seguir prestándose, en las condiciones en que se hubiesen contratado, incluyendo la flexibilidad de su uso, hasta su fecha de finalización.
← Disposición adicional cuarta Índice Disposición transitoria segunda →


