LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 159. Cuota.

Artículo 159. Cuota.

La cuantía de la tasa será de 11,61 euros.

← Artículo 158 Índice Artículo 160 →