Legislación › Decreto Legislativo 1/2025, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo 238. Devengo.
Artículo 238. Devengo.
La tasa se devengará por la adquisición de las hojas de reclamaciones, siendo exigible el pago en ese momento.


