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Legislación › Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General.

Artículo 50. Fines.

Artículo 50. Fines.

Constituyen los fines esenciales de los Colegios, en su ámbito territorial de competencia:

a) La ordenación del ejercicio de la profesión regulada de Arquitectura Técnica dentro del marco legal vigente y velar por su cumplimiento.

b) La representación institucional exclusiva de la profesión regulada de Arquitectura Técnica, cuando esté sujeta a colegiación obligatoria.

c) La prestación de servicios para las personas colegiadas y la defensa de sus derechos e intereses profesionales.

d) La protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias de los servicios profesionales de los colegiados y colegiadas.

e) La colaboración con las Administraciones Públicas, ejerciendo las facultades que le sean delegadas.

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