LexTotal

Legislación › Ley 3/2026, de 14 de mayo, de Transparencia de Euskadi.

Artículo 49. Sanciones para el personal empleado público.

Artículo 49. Sanciones para el personal empleado público.

Las sanciones y el procedimiento aplicables al personal empleado público de la Administración general vasca y su sector público por la comisión de infracciones tipificadas en esta ley son los establecidos en los regímenes disciplinarios que les sean de aplicación.

← Artículo 48 Índice Artículo 50 →