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Legislación › Ley 3/2026, de 14 de mayo, de Transparencia de Euskadi.

Disposición adicional primera. Sustitución de la actividad de la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública.

Disposición adicional primera. Sustitución de la actividad de la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública.

Una vez inicie su actividad, conforme a lo que establezca el decreto por el que se apruebe su estatuto, la Autoridad Vasca de Transparencia-Gardena sustituirá a la Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública en sus funciones relacionadas con el régimen de impugnaciones en materia del ejercicio de acceso a la información pública, en los términos contemplados en el Decreto 128/2016, de 13 de septiembre.

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