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Legislación › Real Decreto 451/2026, de 3 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

Artículo 31. Ordenación de puestos de trabajo.

Artículo 31. Ordenación de puestos de trabajo.

ANECA, O.A., propondrá a los órganos competentes, a través del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la relación de puestos de trabajo (RPT) tanto de los que sean desempeñados por personal funcionario como por el personal laboral del organismo.

La propuesta de relación de puestos de trabajo será elaborada por la persona titular de la Dirección de ANECA, O.A., y deberá contemplar las especificidades de los puestos y el régimen de dedicación que permita cubrir las tareas necesarias para el cumplimiento de las finalidades de ANECA, O.A.

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