Legislación › Resolución de 14 de enero de 2026, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2026.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de enero de 2026 y la del 27 de junio de 2026.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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ANEXO I
Restricciones a pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos en carretera
Apartado 1.º En las Comunidades Autónomas y provincias las siguientes carreteras y fechas:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Provincia de Almería
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El sábado 28 de febrero, de quince a veinticuatro horas.
b) En las carreteras A-7, A-92, N-340a, N-341, N-344, A-332, A-352, A-370, AL-12, AL-3108, AL-3115, AL-3117, AL-4200, AL-5107 y AL-7107:
– Todos los viernes, sábados, domingos y festivos de los meses de julio, agosto y septiembre, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Cádiz
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el viernes 24 de abril, a las quince horas, hasta el domingo 26 de abril, a las veinticuatro horas.
b) En las carreteras N-4, N-340, N-351, A-314, A-383, A-390, A-396, A-471, A-491, A-2001, A-2075, A-2076, A-2077, A-2078, A-2079, A-2101, A-2102, A-2103, A-2227, A-2229, A-2230, A-2231, A-2232, A-2233, A-2325, CA-36, CA-3206, CA-3208 y CA-4202:
– Todos los viernes, desde el viernes 26 de junio hasta el viernes 4 de septiembre, de quince a veinticuatro horas.
– Todos los sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, desde el sábado 27 de junio hasta el domingo 6 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Córdoba
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En las carreteras A-4, A-45, N-432, CO-31 y CO-32:
– Durante todo el año, desde las quince horas de los viernes, hasta las veinticuatro horas de los domingos.
Provincia de Granada
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El sábado 28 de febrero, de cero a veinticuatro horas.
b) En las carreteras A-44, GR-30, N-340 y N-432 (tramo Granada-Pinos Puente, entre los puntos kilométricos 419 al 438):
– Todos los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
c) En la carretera A-395 (Granda-Sierra Nevada):
– Todos los sábados, domingos, festivos, vísperas de festivo y días no lectivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de cero a veinticuatro horas, durante la temporada de esquí hasta el domingo 5 de abril.
Provincia de Huelva
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En la carretera A-483:
– El domingo 25 de enero, de ocho a veinticuatro horas.
– Desde el miércoles 20 de mayo, a las cero horas, hasta el martes 26 de mayo, a las veinticuatro horas.
c) En la carretera A-474:
– El domingo 7 de junio, de cero a veinticuatro horas.
d) En las carreteras N-431, N-442, A-483, A-497, A-5051, A-5052, A-5053, A-5054, A-5056 y A-5076:
– Todos los sábados, domingos y festivos, desde el sábado 27 de junio hasta el domingo 6 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Jaén
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El domingo 26 de julio, de ocho a veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de ocho a veinticuatro horas.
b) En las carreteras N-432, N-323, N-322 y A-316:
– Todos los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
c) En las carreteras A-6177 y A-6178:
– Desde el viernes 24 de abril, a las cero horas, hasta el lunes 27 de abril, a las veinticuatro horas.
Provincia de Málaga
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El sábado 28 de febrero, de quince a veinticuatro horas.
b) En las carreteras A-7, AP-7 y MA-20:
– Todos los días del año, de cero a veinticuatro horas.
c) En las carreteras A-45, AP-46, N-340, A-92, A-92M, MA-24, A-357, A-355, A-397 y A-356:
– Todos los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, entre el sábado 6 de junio y el domingo 28 de junio, de cero a veinticuatro horas.
– Todos los días de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
– El sábado 5 y el domingo 6 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Sevilla
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En las carreteras AP-4, A-49, A-66, A-8083, SE-40, SE-31 y SE-30 (Ronda de circunvalación entre los puntos kilométricos 0 al 22):
– Todos los días del año, de ocho a veinticuatro horas.
c) En las carreteras A-8058 y A-8057:
– Durante todo el año, desde las ocho horas de los viernes, hasta las veinticuatro horas de los domingos.
Comunidad Autónoma de Aragón
Provincia de Huesca
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El jueves 23 de abril, de ocho a veinticuatro horas.
– Desde el viernes 7 de agosto, a las quince horas, hasta el lunes 10 de agosto, a las veinticuatro horas.
Provincia de Teruel
a) En las carreteras de la Red de Carreteras del Estado, y en la A-228 (entre los puntos kilométricos 1 al 34), A-232 (entre los puntos kilométricos 1 al 18) y A-1512 (entre los puntos kilométricos 1 al 29):
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En las carreteras de la Red de Carreteras del Estado:
– El jueves 23 de abril, de ocho a veinticuatro horas.
– Desde el viernes 10 de julio, a las cero horas, hasta el domingo 12 de julio, a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 28 de agosto, a las quince horas, hasta el domingo 30 de agosto, a las quince horas.
Provincia de Zaragoza
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El jueves 23 de abril, de ocho a veinticuatro horas.
– Desde el viernes 28 de agosto, a las quince horas, hasta el domingo 30 de agosto, a las veinticuatro horas.
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
a) En las autovías/autopista: A-8, A-63, A-64, A-66,AS-I, AS-II,O-11, O-12, O-14, AI-81, AI-82, GJ-81 y AP-66. Y en las carreteras convencionales: N-634 (conexión con A-63), AS-112 (entre los puntos kilométricos 15 y 43,1), AS-114, AS-116, AS-117 (entre los puntos kilométricos 0 y 20), AS-118, AS-15 (entre los puntos kilométricos 0 y 59), AS-16, AS-17, AS-238, AS-262, AS-390, AS-393, GJ-10, N-625, N-630 (entre los puntos kilométricos 67 y 87), N-632, N-632(a), N-633, N-634, N-640 y N-641:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el viernes 7 de agosto, a las cero horas, hasta el domingo 9 de agosto, a las veinticuatro horas.
– Desde el lunes 7 de septiembre, a las quince horas, hasta el martes 8 de septiembre, a las veinticuatro horas.
– Desde el jueves 22 de octubre, a las cero horas, hasta el domingo 25 de octubre, a las veinticuatro horas.
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
a) En ninguna carretera de la Comunidad Autónoma:
– Se aplican las restricciones por fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En todas las carreteras de la Comunidad Autónoma:
– Todos los domingos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
– El lunes 12 de octubre, de cero a veinticuatro horas.
c) En todas las carreteras de la Isla de Mallorca:
– Desde el jueves 2 de abril, a las ocho horas, hasta el sábado 4 de abril, a las veinticuatro horas.
– El lunes 6 de abril, de cero a veinticuatro horas.
d) En las carreteras EI-20 y EI-600 de la Isla de Ibiza:
– Todos los días del año, de cero a veinticuatro horas.
e) En la carretera Ma-2210 de la isla de Mallorca:
– En los tramos y durante las fechas reflejadas en el anexo VIII de esta resolución, de viernes 15 de mayo a domingo 18 de octubre.
Comunidad Autónoma de Canarias
Provincia de Las Palmas
a) En ninguna carretera de la provincia:
– Se aplican las restricciones por fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En todas las carreteras de la provincia:
– Desde el jueves 2 de abril, a las cero horas, hasta el domingo 5 de abril, a las veinticuatro horas.
– Todos los domingos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Santa Cruz de Tenerife
a) En ninguna carretera de la provincia:
– Se aplican las restricciones por fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En todas las carreteras de la provincia:
– Desde el jueves 2 de abril, a las cero horas, hasta el domingo 5 de abril, a las veinticuatro horas.
– Todos los domingos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
c) En todas las carreteras de la Isla de Tenerife:
– El sábado 30 de mayo, de cero a veinticuatro horas.
– Desde el viernes 14 de agosto, a las cero horas, hasta el domingo 16 de agosto, a las veinticuatro horas.
– Desde el miércoles 28 de octubre, a las cero horas, hasta el lunes 2 de noviembre, a las veinticuatro horas.
d) En todas las carreteras de la Isla de El Hierro:
– El sábado 4 de julio, de cero a veinticuatro horas.
– El sábado 1 de agosto, de cero a veinticuatro horas.
– El jueves 24 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.
e) En todas las carreteras de la Isla de La Palma:
– El domingo 5 de julio, de cero a veinticuatro horas.
– El miércoles 5 de agosto, de cero a veinticuatro horas.
Comunidad Autónoma de Cantabria
a) En las autovías S-10, S-20, S-30, A-8 y A-67, y en las carreteras convencionales N-621, N-635, N-634, N-623, N-611 (del pk. 157 al 200), CA-131, CA-132, CA-135, CA-137, CA-140, CA-141, CA-142, CA-143, CA-144, CA-145, CA-146, CA-147, CA-148, CA-150, CA-151, CA-170, CA-171, CA-180, CA-181, CA-183, CA-231, CA-232, CA-240 y CA-241:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el sábado 28 de marzo, a las quince horas, hasta el domingo 29 de marzo, a las quince horas.
– Desde el lunes 30 de marzo, a las cero horas, hasta el miércoles 1 de abril, a las quince horas.
– El martes 28 de julio, de cero a veinticuatro horas.
b) En todas las carreteras de la Comunidad Autónoma:
– El martes 15 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Provincia de Albacete
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El domingo 17 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El jueves 4 de junio, de quince a veinticuatro horas.
– El domingo 7 de junio, de doce a veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de quince hasta las veinticuatro horas.
Provincia de Ciudad Real
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El domingo 17 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El jueves 4 de junio, de quince a veinticuatro horas.
– El domingo 7 de junio, de doce a veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de doce hasta las veinticuatro horas.
Provincia de Cuenca
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El domingo 17 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El jueves 4 de junio, de quince a veinticuatro horas.
– El domingo 7 de junio, de doce a veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de doce hasta las veinticuatro horas.
Provincia de Guadalajara
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el jueves 14 de mayo, a las quince horas, hasta el viernes 15 de mayo, a las veinticuatro horas.
– El sábado 2 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El domingo 17 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El jueves 4 de junio, de quince a veinticuatro horas.
– El domingo 7 de junio, de doce a veinticuatro horas.
– Desde el viernes 6 de noviembre, a las quince horas, hasta el sábado 7 de noviembre, a las quince horas.
– El lunes 9 de noviembre, de doce hasta las veinticuatro horas.
Provincia de Toledo
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El domingo 17 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– Desde el miércoles 3 de junio, a las quince horas, hasta el viernes 5 de junio, a las veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de doce hasta las veinticuatro horas.
Comunidad de Castilla y León
Provincia de Ávila
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En todas las carreteras de la provincia:
– El jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
– El domingo 17 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El domingo 5 de julio, de cero a veinticuatro horas.
– El domingo 11 de octubre, de cero a veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de doce a veinticuatro horas.
c) En la carretera N-6:
– Todos los sábados del año, de quince a veinticuatro horas.
– Todos los domingos del año, de quince a veinticuatro horas.
Provincia de Burgos
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de León
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Palencia
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Salamanca
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el viernes 27 de marzo, a las quince horas, hasta el domingo 29 de marzo a las veinticuatro horas.
– El lunes 13 de abril, de quince a veinticuatro horas
– El jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
– Desde el jueves 30 de abril a las quince horas hasta el domingo 3 de mayo a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 3 de julio, a las quince horas, hasta el domingo 5 de julio, a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 28 de agosto a las quince horas hasta el domingo 30 de agosto a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 9 de octubre, a las quince horas, hasta el lunes 12 de octubre a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 30 de octubre a las quince horas hasta el lunes 2 de noviembre a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 4 de diciembre, a las quince horas, hasta el martes 8 de diciembre, a las veinticuatro horas.
Provincia de Segovia
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
– El domingo 17 de mayo, de quince a veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de quince a veinticuatro horas.
b) En las carreteras N-603 y CL-601 (entre los puntos kilométricos 0 al 24,075) y SG-20:
– Todos los sábados del año, de quince a veinticuatro horas.
– Todos los domingos del año, de quince a veinticuatro horas.
c) En la carretera N-6:
– Todos los viernes y vísperas de festivo del año, de quince a veinticuatro horas.
– Todos los sábados del año, de ocho a veinticuatro horas.
– Todos los domingos y festivos del año, de quince a veinticuatro horas.
Provincia de Soria
a) En las carreteras A-2, A-11, A-15, N-111, N-122 Y N-234:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En todas las carreteras de la provincia:
– El jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
– Todos los sábados y domingos, comprendidos entre el sábado 30 de mayo y el domingo 14 de junio, de cero a veinticuatro horas.
– El jueves 25 de junio, de cero hasta las veinticuatro horas.
Provincia de Valladolid
a) En las autovías, carreteras nacionales y autonómicas:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En todas las carreteras de la provincia:
– El jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Zamora
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En todas las carreteras de la provincia:
– Desde el sábado 28 de marzo, a las quince horas, hasta el domingo 29 de marzo, a las quince horas.
– Jueves 23 de abril, de cero a veinticuatro horas.
– Desde el sábado 2 de mayo a las ocho horas, hasta el domingo 3 de mayo a las quince horas.
– El jueves 31 de diciembre de quince a veinticuatro horas.
Comunidad Autónoma de Extremadura
Provincia de Badajoz
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En las carreteras A-5 y A-66:
– El domingo 17 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El martes 8 de septiembre, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de quince hasta las veinticuatro horas.
Provincia de Cáceres
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En la carretera A-66:
– El domingo 17 de mayo, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El martes 8 de septiembre, de quince hasta las veinticuatro horas.
– El lunes 9 de noviembre, de quince hasta las veinticuatro horas.
Comunidad Autónoma de Galicia
Provincia de A Coruña
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el miércoles 18 de marzo, a las quince horas, hasta el jueves 19 de marzo, a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 24 de julio, a las quince horas, hasta el domingo 26 de julio, a las veinticuatro horas.
Provincia de Lugo
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
Provincia de Ourense
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
Provincia de Pontevedra
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
Comunidad de Madrid
a) En todas las carreteras de la Comunidad Autónoma:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el jueves 14 de mayo, a las quince horas, hasta el viernes 15 de mayo, a las veinticuatro horas.
– El domingo 17 de mayo, desde las quince hasta las veinticuatro horas.
– El sábado 2 de mayo, desde las quince hasta las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 6 de noviembre, a las quince horas, hasta el sábado 7 de noviembre, a las quince horas.
– El lunes 9 de noviembre, desde las quince hasta las veinticuatro horas.
b) En las carreteras A-6 y M-607 (entre los puntos kilométricos 0 al 36):
– Todos los días del año.
c) En las carreteras M-500 y M-501 (entre los puntos kilométricos 0 al 40):
– Todos los viernes o vísperas de festivos del año, de quince a veinticuatro horas, sentido salida de Madrid.
– Todos los sábados del año, de ocho a quince horas, sentido salida de Madrid.
– Todos los domingos o festivos del año, de quince a veinticuatro horas, sentido entrada a Madrid.
d) En las carreteras N-6, M-601, M-505 y M-501 (entre los puntos kilométricos 40 al 70):
– Los mismos días y horas que el apartado c), en ambos sentidos.
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
a) En todas las carreteras de la Comunidad Autónoma:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el miércoles 18 de marzo, a las quince horas, hasta el jueves 19 de marzo, a las veinticuatro horas.
– El domingo 22 de marzo, desde las quince hasta las veinticuatro horas.
– Desde el sábado 28 marzo, a las quince horas, hasta el domingo 29 de marzo, a las quince horas.
– El domingo 3 de mayo, desde las 8:00 horas, hasta las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 5 de junio, a las quince horas, hasta el sábado 6 de junio, a las veinticuatro horas.
– El martes 9 de junio, desde las cero hasta las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 26 de junio hasta el domingo 6 de septiembre: todos los fines de semana desde el viernes, a las quince horas, hasta el domingo a las 24 horas, así como festivos y vísperas de festivos, de cero a veinticuatro horas.
– Desde el sábado 5 de diciembre, a las quince horas, hasta el domingo 6 de diciembre, a las quince horas.
b) En todas las carreteras de la Red de Carreteras del Estado y en las carreteras Autonómicas RM-1, RM-2, RM-3, RM-11, RM-12, RM-15, RM-19, RM-23, RM-332, RM-423 y RM-714:
– Desde el viernes 29 de mayo hasta el domingo 21 de junio:
Todos los fines de semana desde el viernes, a las quince horas, hasta el domingo a las veinticuatro horas, así como festivos y vísperas de festivos, de cero a veinticuatro horas.
Comunidad Autónoma de La Rioja
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
b) En las carreteras de la Red de Carreteras del Estado:
– Todos los días, desde el viernes 5 de junio hasta el martes 9 de junio, de ocho a veinticuatro horas.
c) En la carretera N-111 [entre los puntos kilométricos 264 (intersección con antigua N-111) y 319 (intersección con antigua N-111)]:
– Los domingos y festivos de los meses de julio y agosto, de ocho a veinticuatro horas.
d) En las carreteras A-12 y N-120:
– Los domingos y festivos de los meses de julio y agosto, de ocho a veinticuatro horas.
Comunidad Valenciana
Provincia de Alicante
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El jueves 19 de marzo, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.
– Todos los sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, desde el domingo 14 de junio hasta el domingo 6 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.
b) En la carretera N-332:
– Todos los días del año, de cero a veinticuatro horas.
c) En la carretera N-340 (entre los puntos kilométricos 678,7 al 735,7:
– De lunes a viernes de todo el año, excepto días festivos, de ocho a veinticuatro horas.
Provincia de Castellón
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– Desde el sábado 7 de marzo, a las cero horas, hasta el lunes 9 de marzo, a las veinticuatro horas.
– Desde el miércoles 18 de marzo, a las quince horas, hasta el jueves 19 de marzo, a las veinticuatro horas.
– Desde el domingo 12 de abril, a las quince horas, hasta el lunes 13 de abril, a las veinticuatro horas.
– Desde el martes 23 de junio, a las quince horas, hasta el miércoles 24 de junio, a las veinticuatro horas.
– Todos los sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
– Desde el viernes 9 de octubre, a las cero horas, hasta el lunes 12 de octubre, a las quince horas.
b) En las carreteras A-23, A-7, CV-10 (entre los puntos kilométricos 0 y 42), N-232 y N-340:
– Todos los domingos del año, de quince a veinticuatro horas.
– Todos los días de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
c) En la carretera N-340 (entre los puntos kilométricos 956,500 y 974,463):
– Todos los días del año de cero a veinticuatro horas.
Provincia de Valencia
a) En todas las carreteras de la provincia:
– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.
– El domingo 15 de marzo, lunes 16 de marzo y martes 17 de marzo, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.
– Desde el miércoles 18 de marzo, a las ocho horas, hasta el jueves 19 de marzo, a las veinticuatro horas.
– El viernes 20 de marzo y domingo 22 de marzo, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.
– El sábado 21 de marzo, desde las quince hasta las veinticuatro horas.
– Desde el domingo 12 de abril, a las quince horas, hasta el lunes 13 de abril, a las veinticuatro horas.
– El viernes 19 de junio y sábado 27 de junio, desde las quince horas hasta las veinticuatro horas.
– Desde el sábado 20 de junio, a las quince horas, hasta el lunes 22 de junio, a las veinticuatro horas.
– El miércoles 24 de junio, desde las cero hasta las veinticuatro horas.
– El viernes 26 de junio y domingo 28 de junio, desde las ocho hasta las quince horas.
– Todos los viernes, sábados, domingos y festivos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
– El miércoles 26 de agosto, desde las cero hasta las veinticuatro horas.
– El viernes 9 de octubre y sábado 10 de octubre, desde las cero hasta las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 20 27 de noviembre, a las cero horas, hasta el domingo 22 29 de noviembre, a las veinticuatro horas.
– El viernes 4 de diciembre, desde las ocho hasta las quince horas.
b) En la carretera N-332:
– Todos los días del año, de cero a veinticuatro horas.
c) En la carretera CV-500:
– Todos los sábados y domingos del mes de mayo, de cero a veinticuatro horas.
– Todos los días de los meses de junio, julio, agosto y septiembre, de cero a veinticuatro horas.
d) En las carreteras CV-50 (entre los puntos kilométricos 0 y 22), CV-60, CV-605 y CV-670:
– Todos los viernes, sábados, domingos y festivos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.
Apartado 2.º Fechas restringidas aplicables a las carreteras relacionadas en el subapartado a) de cada una de las Comunidades Autónomas y provincias citadas en el anterior Apartado 1.º de este anexo I:
– Desde el viernes 27 de marzo, a las quince horas, hasta el sábado 28 de marzo, a las quince horas.
– El domingo 29 de marzo, de quince a veinticuatro horas.
– Desde el miércoles 1 de abril, a las quince horas, hasta el lunes 6 de abril, a las veinticuatro horas.
– Desde el jueves 30 de abril, a las quince horas, hasta el viernes 1 de mayo, a las quince horas.
– El domingo 3 de mayo, desde las quince hasta las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 3 de julio, a las quince horas, hasta el sábado 4 de julio, a las quince horas.
– Desde el viernes 31 de julio, a las quince horas, hasta el domingo 2 de agosto, a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 14 de agosto, a las quince horas, hasta el domingo 16 de agosto, a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 28 de agosto, a las quince horas, hasta el sábado 29 de agosto, a las quince horas.
– Desde el domingo 30 de agosto, a las quince horas, hasta el lunes 31 de agosto, a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 9 de octubre, a las quince horas, hasta el sábado 10 de octubre, a las quince horas.
– El lunes 12 de octubre, desde las cero hasta las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 30 de octubre, a las quince horas, hasta el sábado 31 de octubre, a las quince horas.
– Desde el domingo 1 de noviembre, a las cero horas, hasta el lunes 2 de noviembre, a las veinticuatro horas.
– Desde el viernes 4 de diciembre, a las quince horas, hasta el sábado 5 de diciembre, a las quince horas.
– Desde el domingo 6 de diciembre, a las quince horas, hasta el martes 8 de diciembre, a las veinticuatro horas.
Quedan exceptuadas de las restricciones anteriores, las carreteras de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-13892 | Leer | Qué cambió |
| 30 de enero de 2026 | Texto original | Leer |


