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Legislación › Real Decreto 465/2026, de 10 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A.

Artículo 16. Funciones de los órganos ejecutivos.

Artículo 16. Funciones de los órganos ejecutivos.

1. La Secretaría Técnica de Infraestructuras ejercerá las funciones atribuidas al organismo autónomo en el artículo 4.1 a), b) y c).

Asimismo, asistirá a la Presidencia en la dirección y coordinación de los servicios dependientes de ésta y en el despacho de cuantos asuntos le encomiende o le delegue.

2. La Subdirección General Económico-Administrativa ejercerá las funciones atribuidas al organismo autónomo en el artículo 4.1 m), n), ñ), o) y p).

3. Corresponde a la Subdirección General de Obras el ejercicio de las funciones atribuidas al organismo autónomo en el artículo 4.1 d), e), f) y g).

4. Corresponde a la Subdirección General de Contratación y Gestión Patrimonial el ejercicio de las funciones atribuidas al organismo autónomo en el artículo 4.1 h), i), j), k) y l).

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