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Legislación › Real Decreto 465/2026, de 10 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A.

Artículo 20. Control de la gestión económico-financiera.

Artículo 20. Control de la gestión económico-financiera.

Sin perjuicio de las funciones atribuidas al Tribunal de Cuentas, el control interno de la gestión económico-financiera del organismo corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado, y se realizará en las condiciones y en los términos establecidos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, por la Intervención delegada en la GIEC, bajo la dependencia orgánica y funcional de la Intervención General de la Administración del Estado.

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