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Legislación › Real Decreto 466/2026, de 10 de junio, de adaptación de organismos públicos existentes en el ámbito estatal a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Disposición adicional cuarta. Órgano colegiado de gobierno.

Disposición adicional cuarta. Órgano colegiado de gobierno.

Todas las entidades del sector público institucional estatal que no tengan órgano colegiado de gobierno, dispondrán de un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto para su constitución.

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