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Legislación › Resolución de 25 de junio de 2026, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior.

Artículo 25. El orden del día.

Artículo 25. El orden del día.

1. El orden del día de las reuniones del Comité Ejecutivo se fijará por la persona titular de la presidencia teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas con la antelación suficiente.

2. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que asistan todos sus miembros y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.

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