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Legislación › Real Decreto 592/2026, de 15 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado.

Artículo 20. Pérdida del reconocimiento.

Artículo 20. Pérdida del reconocimiento.

1. Será causa de pérdida de la condición de entidad colaboradora la renuncia voluntaria de la entidad, efectuada de forma fehaciente y expresa ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

2. Las entidades que renuncien voluntariamente al reconocimiento sólo podrán obtenerlo nuevamente mediante una nueva solicitud y conforme al procedimiento de reconocimiento previsto en el capítulo IV.

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