Legislación › Real Decreto 592/2026, de 15 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de las entidades del Tercer Sector de Acción Social colaboradoras con la Administración General del Estado.
Artículo 4. Ámbitos específicos de colaboración.
Artículo 4. Ámbitos específicos de colaboración.
Las entidades que soliciten el reconocimiento de la condición de entidad colaboradora con la Administración General del Estado al amparo de este real decreto deberán llevar a cabo actividades de acción social con fines de interés general, de acuerdo con la definición realizada en el artículo 4.i) de la Ley 43/2015, de 9 de octubre.


