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Legislación › Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.

Artículo 103. Modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre de la Generalitat Valenciana, forestal de la Comunitat Valenciana.

Artículo 103. Modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre de la Generalitat Valenciana, forestal de la Comunitat Valenciana.

La Ley 3/1993, de 9 de diciembre, forestal de la Comunitat Valenciana, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica la letra h) del apartado 1 en el artículo 24, que queda con la siguiente redacción:

«Artículo 24.

1. La administración forestal, previa información pública, podrá declarar determinadas áreas forestales como zonas de actuación urgente (ZAU) con el fin de conservarlas, restaurarlas, rehabilitarlas o defenderlas ante riesgos y vulnerabilidades, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes:

[…]

h) Terrenos situados en zonas de alto riesgo de incendio forestal definidas en el artículo 55.9.

[…].»

Dos. Se suprime el artículo 81.

Tres. Se suprime el artículo 82.

Cuatro. Se suprime el artículo 83.

Cinco. Se suprime el artículo 84.

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