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Legislación › Ley 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.

Artículo 51. Derecho al error administrativo.

Artículo 51. Derecho al error administrativo.

En los términos de la legislación básica, la Administración promoverá la subsanación temprana de errores materiales o formales, facilitando su corrección mediante mecanismos ágiles y preferentemente automatizados.

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