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Real Decreto 640/2026, de 29 de julio, por el que se regulan los planes de inversión de las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 31 de julio de 2026 · Último cambio el 31 de julio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Red de distribución de energía eléctrica.
- Artículo 4. Red de transporte de energía eléctrica.
- Artículo 5. Previsión del valor del producto interior bruto.
- Artículo 6. Factor de Retardo Retributivo de la Inversión.
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Límite máximo de inversión anual en la red de distribución con derecho retribución con cargo al sistema.
- Artículo 8. Planes de inversión de distribución y autorización del volumen de inversión a cargo del sistema.
- Artículo 9. Control de ejecución de los planes de inversión de distribución.
- Artículo 10. Contenido y formato detallado de los planes de inversión de distribución y de la información para el control sobre su ejecución.
- Artículo 11. Publicidad del contenido de los planes de inversión de distribución e informes de cumplimiento.
- Artículo 12. Instalaciones existentes que se incorporen a la red de distribución.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 13. Límite máximo de inversión anual en la red de transporte con derecho a retribución con cargo al sistema.
- Artículo 14. Planes de inversión de transporte y autorización del volumen de inversión a cargo del sistema.
- Artículo 15. Control de ejecución de los planes de inversión de transporte.
- Artículo 16. Contenido y formato detallado de los planes de inversión de transporte y de la información para el control sobre su ejecución.
- Artículo 17. Publicidad del contenido de los planes de inversión de transporte.
- Artículo 18. Adecuación del contenido de los planes de inversión con la planificación de la red de transporte.
- Artículo 19. Instalaciones existentes que se incorporen a la red de transporte.
- CAPÍTULO V
- Artículo 20. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Definición de los usos a que podrán estar destinadas las posiciones de transporte planificadas.
- Disposición adicional segunda. Incremento de los límites máximos de inversión en la red de distribución para el periodo 2027-2030.
- Disposición adicional tercera. Incremento de los límites máximos de inversión en la red de transporte para el periodo 2027-2030.
- Disposición transitoria primera. Adenda al plan de inversión de las redes de transporte y distribución de energía eléctrica del año 2027.
- Disposición transitoria segunda. Incremento de los límites máximos de inversión en la red de distribución para el periodo 2031-2032.
- Disposición transitoria tercera. Aprobación de los planes de inversión de distribución del periodo 2018-2026 en los que no se hayan solicitado ayudas del PRTR.
- Disposición transitoria cuarta. Aprobación de los planes de inversión de transporte del periodo 2018-2026 en los que no se hayan solicitado ayudas del PRTR.
- Disposición transitoria quinta. Contenido y formato de los planes de inversión.
- Disposición transitoria sexta. Publicidad de los planes de inversión aprobados hasta la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición transitoria séptima. Marco normativo de aplicación a los planes de inversión pendientes de aprobación.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 314/2023, de 25 de abril, por el que se desarrolla el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


