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Legislación › Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, por el que se declara la situación de interés para la seguridad nacional en la ciudad de Ceuta.

Artículo 4. Duración.

Artículo 4. Duración.

1. La situación de interés para la Seguridad Nacional se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026.

2. Antes de la finalización de dicho plazo, el Presidente del Gobierno, previo informe del Consejo de Seguridad Nacional, podrá acordar:

a) Su prórroga, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 c) de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre.

b) La modificación de su alcance material o geográfico.

c) Su finalización anticipada.

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