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Legislación › Orden ECM/973/2026, de 9 de septiembre, por la que se determina la tipología de los fondos de pensiones para su clasificación en función de su política de inversión.

Artículo 2. Ámbito subjetivo.

Artículo 2. Ámbito subjetivo.

Esta orden será aplicable a todos los fondos de pensiones inscritos en el Registro Especial de Fondos de Pensiones establecido en el artículo 96.1.a) y 96.2 del Reglamento de planes y fondos de pensiones.

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