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Legislación › Decreto-ley 4/2026, de 28 de julio, de actuaciones urgentes en materia de urbanismo para la agilización de la aprobación del planeamiento y su ejecución para el impulso a la promoción de vivienda.

Artículo 11. Cómputo de la edificabilidad de las terrazas para la mejora en la calidad de las viviendas.

Artículo 11. Cómputo de la edificabilidad de las terrazas para la mejora en la calidad de las viviendas.

En las parcelas sin edificar y en los edificios existentes calificados por los instrumentos de ordenación urbanística con el uso residencial de vivienda, las terrazas cubiertas no computarán edificabilidad cuando no excedan del 30 % de la superficie total de la vivienda.

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