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Legislación › Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.

Artículo 16. Devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.

Artículo 16. Devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.

Desde el 1 de octubre de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, el tipo de la devolución regulado en el artículo 52 bis.6 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, será de cero euros.

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