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Legislación › Orden INT/1070/2026, de 7 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de octubre de 2026, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

ANEXO IV

ANEXO IV

Contenido de la información básica

El contenido de la información básica (IBA) que se indica en el apartado 3.2 de esta directriz, desarrollado en el anexo III, y que forma parte del Informe de Seguridad, será el que se especifica a continuación.

La cartografía a la que se hace referencia en este anexo será aportada en soporte digital, georreferenciada en el Sistema de Referencia adecuado y representada con coordenadas en la Proyección cartográfica UTM, del huso correspondiente.

Los tipos de soporte digital a aportar serán:

Planos:

– Se admitirán como formatos válidos PDF o JPG con una resolución de al menos 300 ppp, en ambos casos con tamaño de impresión A3 o A2.

– La escala deberá ser adecuada para facilitar la visualización de los diferentes elementos. Siempre que sea necesario se realizarán adicionalmente encuadres parciales a mayor escala.

– La cantidad de información que se incluye en cada plano debe ser adecuada para facilitar su visualización. Si es excesiva, para facilitar su uso es preferible repartir la representación de los elementos en varios planos.

– La simbología empleada deberá ser clara y facilitar la interpretación de los distintos elementos de información.

– Los planos deberán incluir siempre una escala numérica y una escala gráfica, leyenda, orientación del norte geográfico, fecha, autor y una cuadrícula con el espaciamiento adecuado a la escala, mostrando las coordenadas UTM correspondientes en los márgenes del plano.

Capas de información geográfica:

– La información aportada en los Planos de Implantación de los apartados A.1, B.1 y C.4 deberá estar distribuida en capas susceptibles de importación en un Sistema de Información Geográfica. Se admitirán como formatos válidos GeoPackage, Shapefile o DXF debidamente georreferenciados y con una precisión planimétrica aproximada de 2 metros al menos.

– Los fenómenos de cada capa se representarán con el tipo de geometría acorde a su naturaleza: puntual para infraestructuras puntuales, puntos de acceso, etc.; lineal para curvas de nivel, conducciones, etc.; poligonal para zonas, edificaciones, etc.

– Para cada información almacenada en una capa relativa a un fenómeno, la capa debe incluir un atributo de tipo numérico para almacenar un código único asociado al fenómeno y un atributo de tipo texto para almacenar una descripción de dicho fenómeno.

A. Información sobre la zona de influencia.

Tiene por objeto la descripción de las características geográficas, geológicas, ecológicas, meteorológicas, demográficas y de edificaciones, usos y equipamientos de la zona de influencia del establecimiento, necesarias para la elaboración del PEE.

A.1 Geografía.

– Localización del emplazamiento, indicando su longitud y latitud redondeadas al segundo arco más próximo y sus coordenadas UTM. Asimismo, se indicará el municipio o cualquier otra división política necesaria, así como la relación del emplazamiento con respecto a cualquier elemento notable, natural o de obra humana (como ríos o lagos).

– Mapa del entorno del emplazamiento conteniendo, como mínimo:

– Demarcación de los límites de propiedad de la instalación industrial e indicación de su superficie.

– Emplazamiento y orientación de las principales estructuras de la instalación industrial, debidamente identificadas.

– Indicación del norte geográfico.

– Carreteras, líneas de ferrocarril y corrientes de agua que atraviesen la zona.

A.1 Topografía.

– Se incluirá un plano topográfico donde se indiquen las curvas de nivel con una equidistancia adecuada. Al menos un punto del mapa estará referenciado en el sistema de coordenadas UTM.

B. Información sobre el polígono industrial.

Esta información será aplicable en aquellos casos en los que el establecimiento en cuestión forme parte de un polígono industrial, conteniendo la descripción del mismo, su censo industrial y los pactos de ayuda mutua existentes entre industriales.

Esta documentación será elaborada conjunta y solidariamente por todos los industriales que forman parte del polígono y por lo tanto será común para todos ellos.

Para los establecimientos de nueva instalación el industrial aportará sólo los datos específicos complementarios que tenga que añadir a los definidos anteriormente.

B.1 Plano de implantación.

Se presentarán sobre plano los siguientes elementos:

– Curvas de nivel, a una distancia adecuada.

– Límites e identificación de los establecimientos que lo integran.

– Accesos de entrada y salida del polígono:

● Carreteras.

● Caminos.

● Vías férreas.

● Zonas portuarias.

– Barreras naturales y artificiales:

● Zanjas y canales (anchura, profundidad).

● Vallas y muros (altura, características).

● Edificios de control en los accesos.

● Otros.

– Redes de tuberías de interconexión entre establecimientos, indicando:

● Fluido transportado.

● Caudal, presión y temperatura.

● Puntos de posible aislamiento (válvulas, estaciones de bombeo, etc.).

● Diámetro.

● Situación (aéreas, subterráneas, a cielo abierto) y elevación.

● Sismicidad de la zona del polígono, de acuerdo con la norma de construcción sismorresistente.

Al menos un punto de cada uno de los planos estará referenciado en el sistema de coordenadas UTM.

B.2 Convenios o pactos de ayuda mutua.

– Se incluirá la información relativa a los convenios o pactos de ayuda mutua (PAM) existentes entre empresas, especificando en cada uno de éstos la información siguiente:

● Empresas que lo suscriben.

● Ámbito.

● Medios humanos y materiales.

● Estructura y operatividad.

C. Información sobre el establecimiento.

Deberá contener la siguiente información relativa a las instalaciones, personas y procesos involucrados en la actividad industrial que se desarrolla en el establecimiento. Será aportada por el industrial a la administración competente en la elaboración del PEE.

C.1 Identificación del establecimiento.

Comprenderá la siguiente información:

– Razón social y su dirección.

– Dirección completa del establecimiento.

– Actividad o actividades, según la clasificación nacional de actividades económicas (CNAE).

– Plantilla total y por turnos de trabajo.

C.2 Descripción de las instalaciones y actividades.

Esta información está directamente relacionada con los planos de implantación contenidos en el apartado C.4, por lo que las referencias entre ambos serán concordantes.

La descripción contendrá la siguiente información:

– Resumen del proceso o procesos de fabricación, con indicación expresa de:

● Sustancias que intervienen, incluidas las intermedias.

● Operaciones que constituyen el proceso y sus características.

● Métodos operativos, teniendo en cuenta, cuando proceda, la información disponible sobre mejores prácticas.

– Relación de sustancias y/o productos clasificados, indicando para cada uno de ellos:

● Proceso o procesos en que interviene la sustancia o producto.

● Presión y temperatura, en el proceso y en el almacenamiento.

● Transformaciones físicas que puedan generar riesgos.

● Transformaciones químicas (reacciones secundarias) que puedan generar riesgos.

● Cantidad máxima retenida entre secciones aislables, susceptible de un escape accidental, con indicación de presión y temperatura.

– Especificaciones mecánicas de los depósitos de almacenamiento de sustancias o productos clasificados, indicando:

● Volumen nominal y útil.

● Presión y temperatura (nominales y de diseño).

● Dimensiones, material y espesores.

● Tipo y calidad de calorifugado.

● Enumeración y características de las válvulas de seguridad, indicando si descargan a la atmósfera o al colector de la antorcha u otro sistema de eliminación de residuos peligrosos, si lo hubiere.

● Enumeración y situación de las válvulas seccionadoras de accionamiento a distancia.

– Descripción de los cubetos, indicando tipo, capacidad y existencia de vías de evacuación.

– Sismicidad considerada en el diseño de cada una de las instalaciones.

– Bandejas de tuberías y conducciones de fluidos, propias de la planta o de interconexión con otras. Se precisará la siguiente información:

● Naturaleza del fluido.

● Presión y temperatura.

● Puntos de posible aislamiento (válvulas, estaciones de bombeo, etc.).

● Diámetro de las conducciones.

● Situación (aéreas, subterráneas, a cielo abierto) y elevación.

Parte de esta información (interconexiones entre establecimientos) estaría incluida en el apartado B.1, en el caso de polígonos.

– Presión, temperatura y caudal de los productos clasificados, en los puntos de recepción y expedición.

C.3 Servicios del establecimiento.

Se indicarán las características más importantes de los siguientes servicios, con indicación de cuáles son comunes para varias o todas las instalaciones y los que son específicos para una instalación concreta. Asimismo, se incluirán los sistemas de reserva más importantes.

– Suministros externos:

● Suministro externo de electricidad y otras fuentes de energía.

● Suministro externo de agua.

● Suministro externo de otras sustancias líquidas o sólidas.

– Suministros dentro del establecimiento:

● Producción interna de energía, suministro y almacenamiento de combustible.

● Red interna de distribución eléctrica.

● Suministro eléctrico de emergencia.

– Otros servicios:

● Sistemas de tratamiento de residuos.

● Red de alcantarillado y sistemas de evacuación de aguas residuales.

● Dispositivos de control y recogida de agua contra incendios.

– Servicios de vigilancia:

● Estaciones meteorológicas.

● Servicios de supervisión de accesos y detección de intrusiones.

C.4 Planos de implantación.

Se trata de los planos e información siguientes:

– Plano general de la planta. En él, se señalarán claramente referenciados los elementos descritos en el apartado C.2. Este plano contendrá la información siguiente:

● Zonas de recepción y expedición de sustancias o productos clasificados, señalando los puntos de carga y descarga.

● Unidades de proceso.

● Depósitos de almacenamiento, con indicación de su capacidad, y contenido.

● Líneas de tuberías y conducciones de fluidos, propias del establecimiento o de interconexión con otros.

● Servicios generales, acometidas y sistemas de recogida y tratamiento de residuos.

● Accesos a la planta.

● Barreras naturales y artificiales.

● Norte de la planta y norte geográfico.

D. Información sobre sustancias peligrosas.

Deberá contener la información relativa a las propiedades físico-químicas y toxicológicas de todas las sustancias peligrosas involucradas en la actividad industrial que se desarrolla en el establecimiento.

– Se presentará una relación de sustancias peligrosas, con indicación de su número CAS, nombre según nomenclatura IUPAC y la categoría a la que pertenecen en el anexo 1 del Real Decreto 840/2015, indicando si se trata de:

● Materia prima.

● Producto auxiliar.

● Producto intermedio.

● Producto acabado.

● Subproducto y/o residuo.

● Producto que se pueda formar como resultado de la pérdida de control sobre los procesos químicos.

–Como información sobre estas sustancias, se incluirá la relativa a los siguientes aspectos:

● Identificación.

● Composición/información de los componentes en caso de mezcla.

● Identificación de peligros.

● Primeros auxilios.

● Medidas de lucha contra incendios.

● Medidas en caso de vertido accidental.

● Manipulación y almacenamiento.

● Controles de exposición/protección individual.

● Propiedades físicas y químicas.

● Estabilidad y reactividad.

● Información toxicológica.

● Información ecológica.

● Consideraciones relativas a la eliminación.

● Información relativa al transporte.

● Información reglamentaria.

● Otra información de interés.

Estos contenidos corresponden a las secciones de las Fichas de Datos de Seguridad tal y como se definen en el Reglamento (UE) 453/2010 de la Comisión, de 20 de mayo de 2010, por el que se modifica el Reglamento REACH.

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