LexTotal

Legislación › Orden INT/1071/2026, de 7 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de octubre de 2026, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo volcánico.

ANEXO IV

ANEXO IV

Elementos básicos del modelo de transferencia de información estadística

El modelo de información estadística de eventos contendrá al menos información sobre los siguientes elementos, diseñándose con más detalle en los planes especiales teniendo en cuenta la particularidad del territorio.

– Datos sobre el evento: tipo, fecha de inicio y fin, localización, características propias del tipo de evento (parámetros), causas, sucesos desencadenantes, activación de planes y SOP.

– Recursos movilizados:

● Activación del Mecanismo Europeo de Protección Civil.

○ Módulos, EU-Pool, EUrescue.

○ Asistencia en especie, in-kind assistance.

○ Misión de asesoramiento, Advisory Mission.

● Activación del Mecanismo Nacional de Respuesta.

○ Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

○ Fuerzas Armadas.

○ Unidad Militar de Emergencias.

○ Grupo de Asesoramiento de Emergencias del CSIC (GADE).

○ Red Nacional de Radio Emergencia (REMER).

○ Resto de medios y recursos estatales.

● Activación de medios y recursos autonómicos y locales.

● Voluntariado.

Se contabilizará el número de medios y recursos en unidades como el número de personal interviniente, vehículos, UAS, ROV…, número de personal científico acreditado (nacional e internacional).

– Pérdidas y daños:

● Pérdidas y daños directos: Son los efectos inmediatos causados por la erupción y fenómenos asociados:

1. Infraestructura: destrucción de viviendas, carreteras, puentes, redes eléctricas, telecomunicaciones, sistemas de agua y saneamiento.

2. Bienes personales: pérdida de enseres, vehículos, cultivos y ganado.

3. Medio ambiente: alteración del paisaje, contaminación de suelos y aguas por cenizas y gases.

4. Salud y vidas humanas: fallecimientos, lesiones, problemas respiratorios por ceniza, quemaduras. Evacuados, confinados, desplazados.

● Pérdidas y daños indirectos: Son los efectos que se manifiestan a mediano y largo plazo:

1. Económicos: caída del turismo, cierre de negocios, pérdida de empleo, reducción de ingresos fiscales.

2. Sociales: desplazamiento de población, pérdida de identidad cultural, estrés y trauma psicológico.

3. Servicios esenciales: interrupción prolongada de educación, agricultura, ganadería, pesca, salud y transporte.

4. Impacto ambiental prolongado: pérdida de biodiversidad, erosión, cambios en el uso del suelo.

Tipologías de los daños:

○ Viviendas:

□ Destrucción total.

□ Daños estructurales.

□ Daños que no afectan a la estructura.

□ Ruina/desaparición.

□ Asegurados.

□ No asegurados.

○ Locales y centros comerciales:

□ Desaparición.

□ Afectación parcial.

□ Asegurados.

□ No asegurados.

○ Edificios públicos:

□ Ayuntamiento.

□ Instalaciones deportivas.

□ Centros educativos, culturales y religiosos.

○ Infraestructuras del transporte:

□ Carreteras.

□ Aeropuertos.

□ Puertos.

○ Polígono industrial.

○ Estación de servicio.

– Interrupción de servicios básicos. (Servicios de sanidad y atención social, servicios de educación, servicios de interés para protección civil, telecomunicaciones.

– Interrupción de infraestructuras. (Transporte, infraestructuras hidráulicas, de energía, de comunicaciones). Cortes y desaparición de carreteras. Vuelos y trayectos de barcos cancelados.

– Pérdidas económicas. (en todos los servicios o infraestructuras donde se hayan producido daños o interrupciones de servicio). Una fuente importante en este capítulo de pérdidas económicas será el Consorcio de Compensación de Seguros que tiene definida una clasificación en viviendas, industria, comercio, oficinas y edificios singulares. Las bienes agrarios y ganaderos también pueden ser obtenidos de las aseguradoras agrarias (Agroseguro y ENESA).

– Gastos de la emergencia: Se intentará diferenciar los costes de emergencia (gastos de emergencia, limpieza, acciones de seguridad, personal interviniente, equipos de protección individual, mascarillas, gafas protectoras, equipos medidores de gases, palas, barredoras…), los de pérdidas de servicio y los de reposición.

– Requerimientos:

● Particular.

● Empresas.

● Administraciones.

Todos los datos que se obtengan vendrán identificados y georreferenciados.

– Subvenciones:

● Fondo de Solidaridad de la Unión Europea.

● Estatal:

○ Ministerio del Interior: daños personales, daños en viviendas, establecimientos comerciales, requerimientos, corporaciones locales (manutención, alojamiento, limpieza de cenizas).

○ Ministerio de Política Territorial: infraestructuras municipales.

● Comunidad autónoma.

● Cabildo Insular.

● Municipal.

– Medidas de seguridad aplicadas:

● Núm. de denuncias por infracción a la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil.

● Núm. de denuncias por infracción a la seguridad ciudadana.

● Núm. de denuncias por infracción a la normativa que regula la limitación de navegación marítima y aérea.

– Información a la población y a las autoridades:

● Núm. de charlas con asociaciones de vecinos, autoridades locales y centros educativos.

● Núm. de notas y ruedas de prensa y boletines especiales.

Los eventos y la zona afectada se representarán sobre cartografía oficial y se definirán tipos de consultas con criterios temporales, geográficos y de tipo de eventos y daños.

Documento informado favorablemente en la XII Comisión Permanente del Consejo Nacional de Protección Civil el 22 de julio de 2026 y aprobado en el IX Pleno del Consejo Nacional de Protección Civil el 29 de julio de 2026

← Quinto Índice