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Legislación › Orden PJC/89/2026, de 10 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de 16 de diciembre de 2025, por el que se aprueba la Estrategia Nacional contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

CAPÍTULO 3

CAPÍTULO 3

Objetivos y líneas de acción

Objetivos

Los objetivos propuestos para afrontar las amenazas detectadas deben responder a los conceptos predefinidos sobre los que trata la estrategia, por una parte la no proliferación y, por tanto, dirigirse a la posibilidad de actuar dentro del régimen internacional, por otra las que conciernen a un concepto cercano a la contra-proliferación, y apuntan en mayor medida a actuaciones que eviten las acciones proliferadoras disuadiendo o deteniendo programas ilícitos.

La Estrategia, de acuerdo a estos dos planos de la amenaza, busca:

– Proyectar el interés nacional por la seguridad global, a través de una acción coordinada de todos los órganos de la Administración General del Estado (AGE) mediante el fortalecimiento de las posiciones y los acuerdos en los que España participa de forma bilateral o en unión con sus socios y aliados, contribuyendo a reforzar la cooperación y el régimen internacional de no proliferación de ADM.

– Fortalecer y preparar a las administraciones y la sociedad civil para prevenir e impedir acciones proliferadoras en nuestro territorio, o que puedan perjudicar la seguridad o los intereses españoles en cualquier escenario proliferante, especialmente por parte de grupos no estatales.

Objetivo 1. Proyectar los intereses de España. Contribuir a reforzar la cooperación internacional y el régimen internacional de no proliferación de ADM.

L.A.1. Garantizar la participación activa de España en los principales foros e instrumentos internacionales de no proliferación de ADM.

España debe jugar un papel activo para contribuir a los esfuerzos internacionales de no proliferación como muestra de su compromiso con el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales. Los instrumentos para implementar esta línea de trabajo serán los siguientes:

– Se reforzará la participación de España en los ciclos de revisión del Tratado de No Proliferación, la Convención de Armas Químicas y la Convención de Armas Biológicas y Toxínicas. Para garantizar esa participación, el Comité Especializado de No Proliferación (CENP) creará grupos de trabajo ad hoc, con responsables de los ministerios competentes para coordinar la participación de España.

– El CENP elaborará cada año un calendario indicativo de reuniones y foros para priorizar aquellos en los que España puede asumir la presidencia y participación en mesas y órganos de gobierno. En el caso de que España asuma dichas responsabilidades se crearán Grupos de Trabajo ad hoc para apoyar a la presidencia española.

– Se propondrá la organización de seminarios internacionales y eventos paralelos durante Conferencias Internacionales que permitan visibilizar las contribuciones de España a la lucha contra la no proliferación. En estas actividades se dará prioridad a aquellas organizadas en colaboración con otros países y destinadas a reforzar las capacidades de países en desarrollo.

– Se racionalizará y dotará de previsibilidad al apoyo financiero de España a las organizaciones internacionales en el ámbito de la no proliferación. Se identificarán los programas prioritarios para recibir el apoyo financiero de España, como el Fondo de Cooperación Técnica del OIEA.

– Bajo la coordinación de la Unidad de Funcionarios Internacionales del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, se hará una previsión de las vacantes relevantes para España en las OOII de no proliferación, y se elaborará una base de datos de expertos españoles con el perfil necesario para aspirar a dichas vacantes.

L.A.2. Establecer alianzas inclusivas con otros países para reforzar la arquitectura internacional.

– España debe contribuir a crear puntos de encuentro entre las distintas visiones y posiciones sobre no proliferación, con el objetivo de revertir la fragmentación y polarización existentes en los foros internacionales de no proliferación.

– Se intensificará la contribución de España a grupos informales en los que ya viene participando como la Iniciativa de Estocolmo o la Iniciativa Global contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.

– Se identificarán temáticas en las que España pueda liderar, siempre en colaboración con otros países, iniciativas de lucha contra la proliferación.

– Se priorizarán las actividades de divulgación y asistencia técnica con los países en desarrollo con el objetivo de reforzar las capacidades de sus sistemas internos de lucha contra la proliferación.

– Se favorecerán los contactos de las instituciones nacionales responsables para la implementación de los Tratados con sus contrapartes internacionales.

L.A.3. Fortalecimiento de la Verificación, Transparencia y Lucha contra la Impunidad.

El papel de organizaciones como el OIEA, OPAQ o la Comisión Preparatoria de la OTCPE es fundamental para mantener el régimen internacional de verificación y transparencia, por lo que España debe apoyar su trabajo, contribuir a su actualización constante y reforzar las capacidades de implementación nacional por los Estados.

– Promover la adhesión universal a los tratados de no proliferación y desarme.

– Contribuir a reforzar política y financieramente los distintos sistemas de verificación, en especial en las organizaciones mencionadas.

– Promover la creación de un mecanismo de verificación en el ámbito de la CABT.

– Contribuir a iniciativas, de las OOII, que permitan reforzar las capacidades internacionales y nacionales de verificación, como el Programa de Apoyo a las Salvaguardias del OIEA.

– Dentro de las actividades de asistencia técnica con otros países, priorizar aquellas que tengan como objetivo reforzar el régimen internacional de verificación.

Objetivo 2. Fortalecer las capacidades nacionales contra la proliferación.

L.A.4. Fomentar una actuación coordinada de todas las Administraciones públicas y departamentos con competencias en este ámbito.

– Fortalecer la actividad del Comité Especializado de No Proliferación de Armas de Destrucción Masiva como órgano coordinación y de intercambio de información relevante, mediante su actividad directa y con la creación de los grupos de trabajo necesarios. Se deberá crear un Grupo de Trabajo General, que se reunirá trimestralmente para dar continuidad al trabajo del Comité.

– Fortalecer la comunicación de JIMDDU y el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) con el Comité Especializado de No Proliferación, mediante la inclusión regular de puntos de interés común en las agendas respectivas.

– Mejorar la gestión de información relacionada con la lucha contra la proliferación y el control de exportaciones, estudiando, entre otras, la creación de bases de datos centralizadas y la posibilidad de mejorar los accesos a bases de datos de los órganos que justifiquen esta necesidad, especialmente policiales.

L.A.5. Fortalecer las capacidades y la gestión del conocimiento de los organismos e instituciones nacionales con competencias en estos ámbitos.

– Formación específica de aquellos funcionarios con responsabilidades en la materia, mediante la organización de seminarios para el conjunto de la Administración o a través de acuerdo con Universidades y centros de pensamiento.

– Acuerdos con centros de pensamiento especializados para desarrollar publicaciones y materiales formativos.

– Sensibilizar a aquellas instituciones cuyas actividades tienen implicación en la lucha contra la proliferación, en especial en el ámbito científico y tecnológico.

– Fortalecer la labor de la JIMDDU. Mantener actualizados los recursos y medios suficientes, con especial atención a las vacantes y relevos de puestos claves.

– Fortalecer los controles de exportación de tecnología intangible.

– Coordinación con otros sectores, así como con el sector privado, para la implementación de las resoluciones, medidas, sanciones o embargos de ONU o UE en el ámbito de la proliferación.

L.A.6. Fomentar la participación del sector privado y la colaboración público-privada.

– Apoyar la divulgación de cuestiones relativas a no proliferación al sector privado, a través de seminarios sobre control de exportaciones y sobre doble uso, especialmente en sectores como el bioquímico y microbiológico y el de las nuevas tecnologías.

– Establecer colaboraciones y alianzas con la industria y el sector privado, y la academia para promover la innovación en tecnologías y enfoques de no proliferación. Facilitar el intercambio de conocimientos y experiencias para desarrollar soluciones conjuntas que aborden los retos tecnológicos emergentes y de seguridad.

– Fomentar para el sector privado agro-ganadero, que trabaja con agentes biológicos, incluidos en el listado de interés, el conocimiento de los riesgos de exportar y vender tecnologías de doble uso, así como intangibles que puedan ser usados de forma malintencionada.

– Redactar guías de buenas prácticas.

L.A.7. Divulgar al mundo académico la política de no proliferación de ADM.

– Incluir propuestas tendentes a concienciar al mundo académico sobre los riesgos de proliferación derivados de sus actividades de investigación, así como del valor que pueden tener sus contribuciones a la lucha contra la proliferación de ADM.

– Crear programas de acercamiento a las universidades para impulsar la realización de estudios de postgrado y másteres en materias de interés.

L.A.8. Impulsar la aprobación e implementación de planes y normas, o la creación de órganos, que fortalezcan las capacidades nacionales.

– Actualizar con mayor frecuencia y periódicamente el seguimiento de el Plan nacional de Acción para la Implementación de la UNSCR 1540.

– Designación de una Autoridad Nacional Competente para la Coordinación de los trabajos relativos a la Financiación de la Proliferación.

– Modificar la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

– Estudiar posibles modificaciones normativas como la Ley de Contrabando (valorar posibles incrementos en las penas), tipificación del delito de financiación de la proliferación en el código penal.

– Estudiar una posible redefinición de los conceptos exportación expedición, importación. Introducción en la ley orgánica 12/1995, ley 53/2007 y otra normativa relacionada para abordar la problemática relacionada con transferencias intangibles de tecnología y software.

– Creación de la Comisión Nacional de Biocustodia.

– Redactar un Plan de Seguridad Química.

– Estudiar la creación de una Red de Laboratorios de Alertas Químicas (RELAQ) que preste apoyo operativo al Sistema de Seguridad Nacional ante riesgos y amenazas por agentes químicos.

– Impulsar la identificación de una red de laboratorios con capacidad forense nuclear para material nuclear y radiológico utilizado en un atentado terrorista, así como los protocolos de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCS) con los respectivos laboratorios.

– Revisar los Planes de Protección Física de las instalaciones nucleares y radiactivas y actualizar la Amenaza Base de Diseño que sirva como referencia para el diseño de los sistemas de protección física de las centrales nucleares y de aquellas instalaciones nucleares y fuentes radiactivas que se considere necesario.

– Fortalecimiento de la Ciberseguridad en colaboración con las estructuras establecidas en la Estrategia Nacional de Ciberseguridad.

– Impulsar el desarrollo de medidas frente a ataques biológicos en el marco de un Plan de Acción en repuesta a la evaluación de las capacidades de preparación y respuesta frente a emergencias de salud pública (ECDC Public Health Emergency Preparedness Assessment for Spain, 2024) en virtud del Reglamento 2022/2371 sobre amenazas transfronterizas graves para la salud.

– Adecuar el sistema nacional de salud, al menos en lo que pueda tener relación con posibles amenazas biológicas, a la entrada en vigor del Reglamento Sanitario Internacional. En el momento de aprobación de esta estrategia se encuentra en fase de aprobación y a la adopción del Acuerdo sobre Pandemias, que será adoptado por los estados en la próxima Asamblea Mundial de la Salud.

– Desarrollar protocolos específicos de actuación ante noticias falsas o desinformación en las que se utilice como elemento de alarma algún arma NRBQ.

L.A.9. Gestión Integral de Riesgos en sectores relacionados con tecnologías NRBQ y misiles, así como tecnologías de doble Uso y relacionadas.

– Desarrollar y aplicar medidas de gestión de riesgos en los sectores de doble uso, como la industria, la sanidad, la agricultura, la investigación, el transporte y el comercio nacional e internacional. Estas medidas tendrán como objetivo prevenir el desvío o mal uso de elementos, sustancias NRBQ y material susceptible de ser utilizado con fines criminales o terroristas, fortaleciendo así la seguridad y evitando la proliferación de ADM.

L.A.10. Protección de infraestructuras.

– Determinación, localización y sistematización de aquellas infraestructuras que, pudiendo o no haber sido consideradas infraestructuras críticas, puedan poseer por su tipo de actividad un alto potencial de impacto en la Seguridad Nacional desde la perspectiva de la proliferación de ADM.

– En su caso, definición de un marco de seguridad reforzada que minimice las amenazas asociadas a su actividad y funcionamiento.

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