Legislación › Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
Artículo 118. Definición.
Artículo 118. Definición.
El Rector o Rectora es la máxima autoridad académica de la Universidad. Ejerce las funciones de dirección, gobierno y gestión de la Universidad y ostenta su representación. Desarrolla las líneas de actuación aprobadas por los órganos colegiados de gobierno de la Universidad y ejecuta sus acuerdos. Le corresponden asimismo cuantas competencias no sean expresamente atribuidas a otros órganos de la Universidad.


