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Orden HAC/277/2026, de 25 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2025, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos.

En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 27 de marzo de 2026 · Último cambio el 27 de marzo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  4. Artículo 2. Obligación de declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  7. Artículo 4. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.
  8. CAPÍTULO III
  9. Artículo 5. Obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  10. Artículo 6. Procedimiento de modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  11. CAPÍTULO IV
  12. Artículo 7. Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  13. CAPÍTULO V
  14. Artículo 8. Forma de presentación del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio. Habilitación y condiciones para la presentación electrónica.
  15. Artículo 9. Procedimiento para la presentación electrónica del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  16. Artículo 10. Documentación adicional que debe acompañar a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  17. CAPÍTULO VI
  18. Artículo 11. Pago de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio y obtención de la devolución.
  19. Artículo 12. Pago mediante domiciliación bancaria de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  20. Disposición final única. Entrada en vigor.
  21. [firma]
  22. ANEXO I
  23. ANEXO II
  24. ANEXO III
  25. ANEXO IV