Legislación › Ley 2/2026, de 14 de abril, de la Generalitat, para la mejora de la renta valenciana de inclusión.
Artículo 58. Procedimiento sancionador.
Artículo 58. Procedimiento sancionador.
El procedimiento sancionador se regirá por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y por los principios establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, con las especialidades previstas en esta ley y aquellas que se establezcan reglamentariamente.


