Legislación › Decreto-ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas.
Disposición final cuarta. Normas de desarrollo.
Disposición final cuarta. Normas de desarrollo.
1. Se faculta al Gobierno de las Illes Balears para que dicte las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo del presente decreto ley.
2. Asimismo, se faculta al Gobierno de las Illes Balears para que, mediante decreto, declare la finalización de la vigencia de las normas de alcance temporal contenidas en el presente decreto ley, de acuerdo con lo previsto en la disposición final sexta.
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