Legislación › Decreto-ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas.
Disposición final sexta. Reglas sobre vigencia.
Disposición final sexta. Reglas sobre vigencia.
1. Todas las normas contenidas en el presente decreto ley que no limiten sus efectos durante un periodo temporal determinado tendrán vigencia indefinida.
2. En todo caso, las disposiciones de carácter temporal podrán reducir la vigencia prevista inicialmente en función del cumplimiento de los objetivos de déficit público, de la manera prevista en el apartado 2 de la disposición final cuarta anterior.
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