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Legislación › Decreto-ley 3/2013, de 14 de junio, de creación de la Red Hospitalaria Pública de las Illes Balears y el procedimiento de vinculación de centros privados de atención especializada.

Artículo 2. Principios generales de vinculación a la Red Sanitaria Pública de las Illes Balears.

Artículo 2. Principios generales de vinculación a la Red Sanitaria Pública de las Illes Balears.

1. La suscripción de convenios singulares de vinculación con centros privados de atención especializada se realizará teniendo en cuenta los principios de igualdad, subsidiaridad, complementariedad, optimización y adecuada coordinación en la utilización de recursos públicos y privados, y teniendo en cuenta las necesidades de atención sanitaria en cada momento.

2. Únicamente podrán suscribirse convenios singulares de vinculación con entidades sin ánimo de lucro.

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