LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.

Artículo 65. Autorización administrativa.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de marzo de 2012 y la del 1 de mayo de 2014. Tachado: lo que se quitó (32 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 65. Autorización administrativa.
Todos los sorteos destinados a premiar la participación de las personas consumidoras deben estar autorizados por la autoridad competente. En la publicidad de los mismos constará el número de la autorización administrativa. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de octubre de 2014 En vigor BOE-A-2014-10663 Leer Qué cambió
1 de mayo de 2014 BOE-A-2014-90289 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2012 BOE-A-2012-90003 Leer

← Artículo 64 Índice Artículo 66 →