Legislación › Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.
Artículo 68. Información.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de marzo de 2012 y la del 26 de noviembre de 2019.
Tachado: lo que se quitó (51 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras).
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Artículo 68. Información.
1. Las reducciones de los precios se consignarán exhibiendo, exhibiendo con claridad, junto al precio habitual y sin superponerlo, el precio rebajado de los mismos productos o idénticos a los comercializados en el establecimiento. cada
2. No obstante lo señalado en el apartado anterior, cuando se trate de una reducción porcentual de un conjunto de artículos, bastará con el anuncio genérico de la misma sin necesidad de que conste individualmente enartículo ofertado. uno de ellos.
3. 2. Tanto en la publicidad como en la información ofrecida a las personas consumidoras sobre las ventas en rebajas, se indicarán las fechas de comienzo y final de las mismas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de noviembre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-18153 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-90003 | Leer |


