Legislación › Decreto Legislativo 1/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Comercio Interior de Andalucía.
Disposición transitoria cuarta. Incorporación de la disposición transitoria tercera de la Ley 3/2010, de 21 de mayo, relativa a la aplicación de los requisitos establecidos en el título IV a las solicitudes de licencia municipal de obras.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de marzo de 2012 y la del 18 de diciembre de 2021.
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Disposición transitoria cuarta. Incorporación de la disposición transitoria tercera de la Ley 3/2010, de 21 de mayo, relativa a la aplicación de los requisitos establecidos en el título IV a las solicitudes de licencia municipal de obras.
Se añade el contenido de la disposición transitoria tercera de la Ley 3/2010, de 21 de mayo, con la siguiente redacción: (Suprimida)
«Los requisitos para la instalación de grandes superficies minoristas previstos en el apartado 2 del artículo 39 serán de aplicación a las solicitudes de licencia municipal de obras de grandes superficies minoristas presentadas con posterioridad a la entrada en vigor del Decreto-Ley 3/2009, de 22 de diciembre, y que no cuenten con licencia comercial.»
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de diciembre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-90434 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-90003 | Leer |
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