Legislación › Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía.
Artículo 38. Presupuesto.
Artículo 38. Presupuesto.
1. El presupuesto de la UNIA será único, tendrá carácter público, habrá de ser equilibrado y contendrá la relación detallada de todos los ingresos y gastos a realizar por la universidad durante un año natural.
2. El presupuesto de ingresos descenderá a un grado de explicación tal que permita identificar claramente las diferentes fuentes de financiación.
3. El presupuesto de gastos vendrá expresado por clase o naturaleza del gasto y por el destino al que correspondan dentro de la organización de la universidad y en atención a los diversos programas.


