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Legislación › Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía.

Artículo 31. Clases.

Artículo 31. Clases.

El Personal de la UNIA estará integrado por:

a) Funcionariado de carrera destinado en la universidad; o que se destine a la misma de otras administraciones públicas.

b) Personal contratado de acuerdo con la legislación laboral.

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