Legislación › Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía.
Artículo 34. Patrimonio.
Artículo 34. Patrimonio.
El Patrimonio de la UNIA estará constituido por:
a) Los derechos sobre los inmuebles que le sean transferidos y de los que, en el futuro, pueda asumir su titularidad.
b) Los bienes muebles, títulos, capitales de fundaciones y propiedades incorporables de que sea titular la universidad.
c) Las donaciones, herencias y legados de todas clases que le puedan corresponder.
d) Cualesquiera otros bienes, derechos y acciones que le pudieran pertenecer.


