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Legislación › Decreto Legislativo 2/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de creación de la Universidad Internacional de Andalucía.

Artículo 36. Beneficios fiscales.

Artículo 36. Beneficios fiscales.

La UNIA gozará de los beneficios que la legislación atribuye a las fundaciones benéfico-docentes.

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