Legislación › Decreto Legislativo 1/2018, de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos.
Artículo 36 ter. Tipo de gravamen reducido para la adquisición de vehículos eléctricos.
Artículo 36 ter. Tipo de gravamen reducido para la adquisición de vehículos eléctricos.
En la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se aplicará el tipo de gravamen reducido del 1 % a las adquisiciones de los vehículos de turismo, ciclomotores y motocicletas clasificados en el Registro de Vehículos con la categoría ambiental «0 emisiones» de conformidad con el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, o norma que lo sustituya. Dicha condición será acreditada mediante el correspondiente distintivo ambiental aprobado por la Dirección General de Tráfico.
Se añade por la disposición final 3.5 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre. BOE-A-2021-797


