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Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 29 de abril de 2020 · Último cambio el 17 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Sección 1
  4. Artículo 1. Incentivos a la creación de empleo estable y ampliación de la jornada laboral.
  5. Artículo 2. Bono Empleo y Contratación indefinida de personas destinatarias del Bono. 2 redacciones · cambió el 17/12/2021
  6. Artículo 3. Medidas dirigidas a garantizar el mantenimiento del empleo de las personas con discapacidad.
  7. Artículo 4. Medidas dirigidas a garantizar el mantenimiento del empleo de las personas en situación de exclusión social en las Empresas de Inserción.
  8. Artículo 5. Incentivos al Retorno del Talento.
  9. Sección 2
  10. Artículo 6. Ejecución de los Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo regulados.
  11. Artículo 7. Cómputo de los contratos y otras medidas en la Iniciativa de Cooperación Local.
  12. CAPÍTULO II
  13. Sección 1
  14. Artículo 8. Medidas dirigidas a flexibilizar los programas de orientación profesional y acompañamiento a la inserción.
  15. Sección 2
  16. Artículo 9. Ejecución de los Programas de Experiencias Profesionales para el Empleo.
  17. Sección 3
  18. Artículo 10. Medidas dirigidas a flexibilizar los programas de Acciones Experimentales.
  19. CAPÍTULO III
  20. Sección 1
  21. Articulo 11. Flexibilización de las obligaciones reguladas en la Orden de 27 de junio de 2019 de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía y se modifica la Orden de 21 de septie
  22. Articulo 12. Flexibilización de las obligaciones reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018 de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo, modificada por la de 27 de junio de 2019, por la que se aprueban las bases
  23. Artículo 13. Flexibilización de las obligaciones reguladas en la Orden de 2 de diciembre de 2016 de la Consejería de Economía y Conocimiento, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo, modificada por la de 28 de diciembre de 2017.
  24. Sección 2
  25. Artículo 14. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales.
  26. Sección 3
  27. Artículo 15. Medidas de flexibilización de los fines a los que puede destinarse el Fondo de Formación y Sostenibilidad, regulados en el artículo 71 de la Ley 14/2011, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas.
  28. CAPÍTULO IV
  29. Sección 1
  30. Artículo 16. Medidas dirigidas a las subvenciones concedidas a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, al amparo de la Orden de 13 de junio de 2018 de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
  31. Sección 2
  32. Artículo 17. Medidas aplicables a las subvenciones concedidas para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales, al amparo de la Orden de 7 de julio de 2018 de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
  33. Artículo 18. Medidas aplicables a las subvenciones concedidas para proyectos de formación a representantes legales de las personas trabajadoras, a delegados y delegadas de prevención y al sector empresarial en materia de prevención de riesgos laborales, al amparo de la Orden de 6 de agosto de 2018.
  34. CAPÍTULO V
  35. Artículo 19. Aplazamiento extraordinario en el calendario de reembolso de préstamos concedidos por la Administración de la Junta de Andalucía a empresas y personas autónomas afectadas por la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
  36. CAPÍTULO VI
  37. Artículo 20. Programa andaluz de colaboración financiera específica extraordinaria con los municipios y entidades locales autónomas andaluzas con población superior a 1.500 habitantes e igual o inferior a 5.000 habitantes.
  38. Artículo 21. Conceptos financiables.
  39. Artículo 22. Distribución por entidades locales.
  40. Artículo 23. Aceptaciones de financiación y transferencias de fondos.
  41. Artículo 24. Presentación de la documentación relativa a las actuaciones.
  42. Artículo 25. Validación de las actuaciones.
  43. Artículo 26. Gestión de los fondos.
  44. Artículo 27. Justificación.
  45. Artículo 28. Verificación de la aplicación de los recursos.
  46. Artículo 29. Reintegro.
  47. CAPÍTULO VII
  48. Artículo 30. Nueva situación de emergencia social para unidades familiares con menores a cargo o unipersonales. 2 redacciones · cambió el 19/06/2020
  49. Artículo 31. Prestación extraordinaria para las solicitudes de la nueva modalidad de situación de emergencia social para unidades familiares con menores a cargo o unipersonales. 2 redacciones · cambió el 18/10/2021
  50. Artículo 32. Fin de prestación de las resoluciones correspondientes a solicitudes anteriores a la declaración del estado de alarma.
  51. Artículo 33. Habilitación para presentación de las solicitudes de Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. 2 redacciones · cambió el 19/06/2020
  52. Artículo 34. Financiación.
  53. Disposición adicional primera. Información al Consejo Andaluz de Gobiernos Locales.
  54. Disposición adicional segunda. No aplicación de la suspensión de los plazos administrativos prevista en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  55. Disposición transitoria primera. Procedimientos de concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía en tramitación.
  56. Disposición transitoria segunda. Procedimientos en tramitación para la concesión de las ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía, reguladas en la Orden de 3 de diciembre de 2019.
  57. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  58. Disposición final primera. Modificación del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
  59. Disposición final segunda. Modificación del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).
  60. Disposición final tercera. Modificación de la Orden de 3 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie, en régimen de concurrencia competitiva, para el impulso al desarrollo de ciudades y territorios inteligentes de Andalucía.
  61. Disposición final cuarta. Información a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía.
  62. Disposición final quinta. Desarrollo y ejecución.
  63. Disposición final sexta. Entrada en vigor y vigencia. 3 redacciones · cambió el 19/06/2020
  64. [firma]
  65. ANEXO I
  66. ANEXO II
  67. ANEXO III
  68. ANEXO IV
  69. ANEXO V
  70. ANEXO VI
  71. ANEXO I [sic]