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Legislación › Decreto-ley 31/2020, de 1 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes en materia de evaluación ambiental estratégica de determinados instrumentos de planeamiento urbanístico y para impulsar la realización de proyectos de absorción de emisiones en Andalucía, así como de apoyo económico a las entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche, y centro de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

Disposición adicional segunda. Actividad asistencial del personal directivo del Servicio Andaluz de Salud.

Disposición adicional segunda. Actividad asistencial del personal directivo del Servicio Andaluz de Salud.

El personal directivo del Servicio Andaluz de Salud, de forma excepcional durante el período en que se encuentren vigentes las medidas que se establecen en el artículo 3 del Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, podrá realizar jornadas complementarias y, en su caso, continuidades asistenciales, de la categoría y especialidad de la que tenga titulación, previa autorización de la Dirección General competente en materia de personal del Servicio Andaluz de Salud, por causa asistencial debidamente motivada y dentro de los cuadrantes de las respectivas unidades de cada centro, percibiendo las retribuciones establecidas a tal efecto.

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