Legislación › Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 17. Transferencias de créditos financiados con fondos europeos.
Artículo 17. Transferencias de créditos financiados con fondos europeos.
Corresponderá a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda autorizar las transferencias entre créditos financiados con fondos europeos, con independencia de su cuantía.


