Legislación › Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas.
Disposición final undécima. Entrada en vigor y vigencia.
Disposición final undécima. Entrada en vigor y vigencia.
1. El presente decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Aquellas medidas previstas en este decreto-ley que tienen un plazo determinado de duración se sujetarán al mismo.
3. Las previsiones contenidas en el Capítulo V del presente Decreto-ley serán de aplicación durante el curso escolar 2020/21.
4. La modificación que se efectúa en la disposición final séptima ajustará su vigencia a la de la Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía.


