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Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se crean la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).

Derogada o sin vigencia Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 10 de agosto de 2021 · Último cambio el 30 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. [firma]
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Objeto.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 2. Refundición de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) y de la Agencia Andaluza del Conocimiento y creación de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) previa operación de modificación y escisión.
  8. Artículo 3. Cesión global de activos y pasivos y extinción de «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A.».
  9. Artículo 4. Extinción, liquidación, cesión e integración global de Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza.
  10. Artículo 5. Naturaleza de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
  11. Artículo 6. Régimen jurídico.
  12. Artículo 7. Objeto y fines de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
  13. Artículo 8. Ejercicio de potestades y prerrogativas públicas.
  14. Artículo 9. Órganos de gobierno de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
  15. Artículo 10. Constitución efectiva.
  16. Artículo 11. Subrogación.
  17. Artículo 12. Integración del personal laboral procedente de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) y de la Agencia Andaluza del Conocimiento.
  18. Artículo 13. Integración del personal laboral de «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A.».
  19. Artículo 14. Integración del personal laboral de Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza.
  20. Artículo 15. Régimen de actuación y fines de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) hasta su liquidación y extinción.
  21. CAPÍTULO III
  22. Artículo 16. Creación de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  23. Artículo 17. Objeto y fines de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  24. Artículo 18. Régimen jurídico de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  25. Artículo 19. Recursos económicos de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  26. Artículo 20. Régimen jurídico del personal adscrito a la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  27. Artículo 21. Efectiva puesta en funcionamiento de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  28. Artículo 22. Dotación inicial de la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  29. Disposición adicional primera. Sucesión en derechos y obligaciones de la Agencia Andaluza del Conocimiento por la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  30. Disposición adicional segunda. Integración de personal de la Agencia Andaluza del Conocimiento en la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  31. Disposición transitoria primera. Estructura inicial de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE) y plazo para su completa integración y pleno funcionamiento.
  32. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) como Agente Financiero del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico.
  33. Disposición transitoria tercera. Integración del personal de la Agencia Andaluza del Conocimiento que realice funciones en materia de evaluación y acreditación en la Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
  34. Disposición transitoria cuarta. Ejercicio de las competencias de evaluación y acreditación.
  35. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  36. Disposición final primera. Modificación del Decreto-ley 4/2019, de 10 de diciembre, para el fomento de iniciativas económicas mediante la agilización y simplificación administrativas en la tramitación de proyectos y su declaración de interés estratégico para Andalucía, para la creación de una unidad aceleradora de proyectos de interés estratégico y por el que se modifica la Ley 1/1994, de 11 de en
  37. Disposición final segunda. Modificación de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados por el Decreto 26/2007, de 6 de febrero.
  38. Disposición final tercera. Modificaciones de decretos por los que se regulan estructuras orgánicas.
  39. Disposición final cuarta. Modificación de normas reglamentarias.
  40. Disposición final quinta. Desarrollo normativo.
  41. Disposición final sexta. Aprobación estatutaria.
  42. Disposición final séptima. Entrada en vigor.
  43. [firma]
  44. [Información relacionada]