Legislación › Decreto-ley 1/2025, de 24 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda.
Disposición final octava. Modificación de normas reglamentarias.
Disposición final octava. Modificación de normas reglamentarias.
Las determinaciones previstas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación en el presente decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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