Legislación › Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
Artículo 34.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de diciembre de 2004 y la del 1 de enero de 2011.
Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (72 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 34.
1. Reglamentariamente se determinarán los puestos directivos de trabajo que, por su especial responsabilidad o confianza, deban ser cubiertos por libre designación entre funcionarios. personal funcionario. La provisión de dichos puestos de trabajo se efectuará directamente, sin necesidad de previa convocatoria, directamente por el órgano que deba efectuar el correspondiente nombramiento. Salvo en los casos de los puestos directivos, se realizará convocatoria pública con el fin de que el órgano competente pueda apreciar la idoneidad de los candidatos para el desempeño del puesto de trabajo
2. Los funcionarios nombrados El personal funcionario que sea nombrado para desempeñar un puesto de los puestos a que se refiere referidos en el apartado anterior podrán podrá ser removidos libremente cesado por el órgano que les designó, le hubiera designado, en cuyo caso dejarán dejará de percibir los complementos correspondientes al puesto directivo, debiendo mismo y deberá reincorporarse inmediatamente al desempeño de las funciones propias de su nivel y nombramiento dentro del ámbito de adscripción al que originariamente estuvieran adscritos. estuviera adscrito
Excepcionalmente, a solicitud del personal funcionario cesante en un puesto directivo de libre designación entre funcionarios, podrá efectuarse su reincorporación en un ámbito de adscripción distinto al señalado en el párrafo anterior, siempre que las necesidades del servicio lo permitan.
3. Cuando no esté determinado el ámbito de adscripción en la Administración Pública respectiva, la reincorporación se producirá en su plaza de procedencia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-3430 | Leer | Qué cambió |
| 16 de diciembre de 2004 | BOE-A-2005-1578 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 1993 | BOE-A-1993-90004 | Leer |


